Asamblea General

La Asamblea General, es el órgano supremo de la Asociación y estará formada por el conjunto de los Afiliados reunidos para el análisis soberano de los asuntos que a ella se planteen y el logro de los objetivos para los cuales fue creada, respetando la legislación en vigor y los presentes Estatutos.

La Asamblea General Ordinaria se reunirá una vez al año, en el transcurso del segundo trimestre, con el fin de:

  1. Adoptar o modificar los planes y programas que les sean presentados por el Consejo Directivo, relacionados con el objeto social y evaluar su ejecución;
  2. Controlar el funcionamiento de la Asociación, con vista a los informes de la Comisión Fiscalizadora;
  3. Modificar los Estatutos conforme a las normas estatutarias, legales y reglamentarias pertinentes, en una sola sesión y con base al proyecto que someterá a su consideración el Consejo Directivo;
  4. Aprobar u objetar los balances, cuentas e informes presentados por los órganos de dirección, administración y vigilancia de la Asociación; y,
  5. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos, fijando límites a su cuantía.

La Asamblea General Extraordinaria se reunirá tantas veces como fuere convocada por el Presidente o por cualquier Socio que logre reunir un número de firmas equivalente al 30% de los socios de AVINPRO, con el fin de:

  1. Resolver las solicitudes de revisión, para determinar el porcentaje que se cobrará por la administración de los recaudos de los derechos de sus Afiliados,
  2. Adoptar o modificar los planes y programas que les sean presentados por el Consejo Directivo relacionados con el objeto social y evaluar su ejecución,
  3. Elegir y/o remover a los miembros del Consejo Directivo y de la Comisión Fiscalizadora,
  4. Resolver las solicitudes de revisión de los montos de las dietas acordadas a los miembros del Consejo Directivo o de la Comisión Fiscalizadora,
  5. Determinar la disolución o liquidación de la Asociación y ordenar al Consejo Directivo, que la decrete de conformidad con lo dispuesto en la Ley y estos Estatutos constituyéndose en liquidadores, de conformidad con lo establecido en el artículo 38; y,
  6. Deliberar sobre cualquier otra propuesta planteada por el Consejo Directivo.

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